CONVOCATORIA ECONOMÍA NARANJA FONDO EMPRENDER

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CONVOCATORIA ECONOMÍA NARANJA FONDO EMPRENDER

Los Antecedentes

El objetivo general del Fondo Emprender es incentivar y facilitar la generación y creación de empresas contribuyendo al desarrollo humano e inserción en el sector productivo, coadyuvando al desarrollo social y económico del país a través de una formación pertinente y de capital semilla.

De conformidad con el Acta de Consejo Directivo del SENA No. 1576 del 25 de junio de 2020 se aprobó para el Fondo Emprender la operación del canal CREAR con el objetivo proveer capital semilla para empresas en sectores de la economía naranja y que son de oportunidad en la pandemia derivada por el COVID-19, como parte de la estrategia nacional de reactivación económica para generar empleo y reestablecer el tejido empresarial de Colombia.

El Objetivo

Financiar iniciativas empresariales en sectores que hacen parte de la economía naranja y que son de oportunidad frente a la pandemia y que provengan o sean desarrolladas por emprendedores que cumplan con las condiciones establecidas en las condiciones establecidas en la reglamentación del Fondo Emprender.

Los Recursos

Para la presente convocatoria el Fondo Emprender entregará recursos hasta por CIENTO VEINTICUATRO MILLONES DE PESOS ($124.000.000,00).

Los recursos que otorgará el Fondo Emprender corresponderá hasta el noventa por ciento (90%) del valor del plan de negocio, así:

  • Si el plan de negocio genera hasta tres (3) empleos formales y directos, el monto de los recursos solicitados será máximo hasta ochenta (80) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV).
  • Si el plan de negocio genera entre cuatro (4) y cinco (5) empleos formales y directos, el monto de los recursos solicitados será máximo hasta CIENTO VEINTICUATRO MILLONES DE PESOS.
  • Si el plan de negocios genera seis (6) o más empleos formales y directos, el monto de los recursos solicitados será máximo hasta CIENTO VEINTICUATRO MILLONES DE PESOS.

Se aclara que el monto de los recursos solicitados y asignados por el Fondo Emprender no podrán superar el 90,00% del valor total del plan de negocios. El 10,00% restante corresponde al aporte de contrapartida que debe realizar el (los) emprendedor(es).

Los Participantes

Podrán acceder a los recursos del Fondo Emprender, los ciudadanos colombianos que no tengan constituida persona jurídica legalmente y que estén interesados en iniciar un proyecto empresarial desde la formulación de su plan de negocio y que acrediten al momento del aval del plan de negocio.

  • Aprendiz SENA que haya finalizado la etapa lectiva de un programa de formación titulada, dentro de los últimos veinticuatro (24) meses, así como egresados(as) de estos programas, que hayan culminado y obtenido el título.
  • Estudiante que se encuentre cursando los dos (2) últimos semestres de su formación profesional o el ochenta por ciento (80%) de los créditos académicos de un programa de educación superior de pregrado, reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.
  • Estudiante que haya concluido materias, dentro de los últimos veinticuatro (24) meses, de un programa de educación superior de pregrado, reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.
  • Técnico, tecnólogo, profesional universitario de pregrado, posgrado, maestría y/o doctorado de instituciones nacionales o extranjeras, que haya culminado y obtenido el título de un programa de educación superior reconocido por el Estado de conformidad con la legislación colombiana.
  • Aprendiz activo del Programa SENA Emprende Rural (SER), que certifique el cumplimiento de doscientas (200) horas del programa de formación o egresados de este programa.
  • Ciudadanos colombianos caracterizadas como población vulnerable y acreditada esta condición por autoridad competente, que hayan completado por lo menos noventa (90) horas de formación en el SENA afines al área del proyecto.
  • Connacionales certificadas por la Cancillería, como retornadas con retorno productivo, que hayan completado por lo menos noventa (90) horas de formación SENA en cursos afines al área del proyecto.

Adicionalmente deberán cumplir con las siguientes condiciones:

  • Ser colombiano.
  • Ser mayor de edad y contar con plenas facultades legales para suscribir contratos.
  • No encontrarse sujeto a un conflicto de intereses, inhabilidades e incompatibilidades.
  • No tener nexo de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, y primero civil con funcionarios o contratistas del SENA en el nivel Directivo del orden Nacional o del orden Regional en donde se presenta el plan de negocio.
  • Esta restricción aplica de igual manera a los funcionarios o contratistas pertenecientes a los Centros de Desarrollo Empresarial y Unidades Externas de Emprendimiento vinculadas al programa de Fondo Emprender, Evaluadores, Operadores y demás personas que tengan injerencia en el proceso.

Los Planes de Negocios

Podrán ser presentados los planes de negocio que cumplan con los parámetros fijados por el marco regular del Fondo.

Además, para fines de la presente convocatoria se entenderá como emprendimiento naranja aquellos que estén dentro de las actividades económicas de Economía Naranja que tienen como fuente la clasificación publicada por el DANE. Los códigos CIIU enumerados y detallados en los términos de referencia, fueron definidos en mesas conjuntas con el Ministerio de Cultura identificando las actividades económicas que tienen oportunidad de desarrollarse durante la pandemia.

  1. Actividades de inclusión total en la economía naranja: son Aquellas consideradas como nucleares del sector cultural y Creativo o que dependen principalmente del derecho de autor, por Lo tanto, todo su proceso productivo se asocia con la economía Naranja.
  2. Actividades de inclusión parcial: son aquellas actividades en la Que solamente algunos productos o servicios pueden ser Clasificados como economía naranja.

Los Rubros

Los recursos que asigne el Fondo Emprender deberán ser utilizados para la financiación del capital de trabajo, entendido este como los recursos que se requieren para el funcionamiento y operación de la empresa.

Nota: El desarrollo de la aplicación de pagos de estos rubros está sujeta a las condiciones del instructivo de pagos, disponible en la plataforma del Fondo Emprender; sin embargo, el instructivo podrá ser modificado de conformidad con lo dispuesto por el SENA – Fondo Emprender.

Así mismo, el artículo 12 del Acuerdo No. 0010 de 2019 contempla un grupo de rubros no financiables con los recursos del Fondo Emprender.

El Cronograma

  • Lanzamiento de la convocatoria: 12 de agosto de 2020
  • Inscripción planes de negocio: 12 de agosto de 2020 a las 18:00 del día
  • Cierre de la convocatoria en el sistema de información plataforma Fondo Emprender: Único cierre: 11 de septiembre de 2020 a las 12:59 p.m.

La Formulación del Plan de Negocio

Solo podrán formularse planes de negocio, bajo los parámetros establecidos por el Fondo Emprender. La formulación del plan de negocio se deberá realizar con el acompañamiento y asesoría de un Centro de Desarrollo Empresarial – Fondo Emprender SENA conforme al artículo 16, Acuerdo No. 0010 de 2019.

Las unidades externas de emprendimiento del Fondo Emprender serán avaladas mediante certificación de funcionamiento por la Coordinación Nacional de Emprendimiento de la Dirección General del SENA.

Las Instituciones de Educación Superior aprobadas por el Estado, las Incubadoras de Empresas, y demás entidades públicas o privadas, diferentes a los Centros de Formación del SENA, deberán presentar un certificado de compromiso al SENA en el que conste su disposición y disponibilidad para realizar de forma gratuita la asesoría y acompañamiento, tanto en la etapa de formulación del plan de negocio, como durante la ejecución de este.

Mayor Información: www.fondoemprender.com

Fuente: Fondo Emprender

Imagen: Fondo Emprender

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