Exención de Renta por 7 Años para Empresas pertenecientes a los Sectores de la Economía Naranja
DATOS RELEVANTES
Que es el Beneficio de rentas exentas para empresas de la Economía Naranja
Es un incentivo tributario para empresas de Economía Naranja, en donde las rentas que sean provenientes de su objeto social se encuentran exentas por un periodo de siete (7) años (Ley 2010 de 2019, art. 91) (promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el fortalecimiento de las finanzas públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sistema tributario)
Población Objetivo
personas jurídicas (sociedades) que estén constituidas o se constituyan e inicien actividades antes del 31 de diciembre de 2021, que sean contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios del régimen ordinario (Responsabilidad 05- Impto. renta y complementarios. régimen ordinario expresa en el RUT), que sea tengan su domicilio principal dentro del territorio colombiano y cuyo objeto social sea exclusivo del desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y/o actividades creativas.
Requisitos para aplicar
Adquisición de propiedad, planta y equipo: Las propiedades, planta y equipos son los activos tangibles que posee una entidad para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos y se esperan usar durante más de un periodo.
Un elemento de propiedades, planta y equipo se reconocerá como activo si, y sólo si sea probable que la entidad obtenga los beneficios económicos futuros derivados del mismo y el costo del activo para la entidad pueda ser valorado con fiabilidad.
Algunos ejemplos que comprende este tipo de inversión pueden ser:
• Adquisición de terrenos
• Adquisición de edificios
• Adquisición de maquinaria y equipo
• Adquisición de mobiliario
Adquisición bienes intangibles (Artículo 74 Numeral 1 del E.T.): Comprende el conjunto de bienes inmateriales, representados en derechos, privilegios o ventajas de competencia que son valiosos porque contribuyen a un aumento en ingresos o utilidades por medio de su empleo en el ente económico; estos derechos se compran o se desarrollan en el curso normal de los negocios.
Algunos ejemplos que comprende este tipo de inversión pueden ser:
• Los derechos sobre patentes
• Know how (Conocimiento de metodologías de trabajo)
• Licencias
• Patentes
• Marcas
• Derechos de autor
Inversiones que se realicen de acuerdo con el numeral 3 del artículo 74-1 del Estatuto Tributario: Se refiere a los gastos de investigación, desarrollo e innovación cuyo costo fiscal está constituido por todas las erogaciones asociadas al proyecto de investigación, desarrollo e innovación, exceptuando las asociadas con la adquisición de edificios y terrenos y gastos de personal.
El régimen aquí previsto no será aplicable para aquellos proyectos de investigación, desarrollo e innovación que sean provenientes de vinculados económicos o partes relacionadas (ICETEX, COLCIENCIAS, Fondo Nacional de Financiamiento para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y el Fondo Francisco José de Caldas, entre otros).
Algunos ejemplos que comprende este tipo de inversión pueden ser:
• Activos desarrollados en la elaboración de software para su uso, venta o derechos de explotación.
Es importante tener en cuenta que la inversión y la generación de nuevos empleos, se deberá realizar con posterioridad a la fecha en que quede en firme el acto administrativo.
Dónde y cuándo presentar
Todo el trámite es virtual a través del sitio web:
https://www.economianaranja.gov.co
La presentación de proyectos para aplicar al beneficio se dará en tres momentos durante el año 2020, así:
1 al 31 de marzo
1 al 30 de julio
1 al 31 de octubre
PRESENTACIÓN Y ENVÍO DEL PROYECTO EN EL SITIO WEB
El Ministerio de Cultura habilitó el portal web www.economianaranja.gov.co para que las empresas postulen su proyecto y entren en proceso de evaluación por parte del Comité designado.
EVALUACIÓN DEL PROYECTO
Luego de registrar su proyecto, este entra en un proceso de evaluación por parte del Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura, que en un periodo de 30 días hábiles contados desde la presentación del proyecto con el lleno total de los requisitos, emitirá acto administrativo de conformidad o no conformidad.
Cabe anotar que cuando el Comité considere solicitar aclaración de la información registrada y adjuntada o en cualquier estado del proyecto, el periodo de evaluación iniciará nuevamente a partir del momento que se radique la aclaración correspondiente.
CONTACTO
En caso que tengas dudas o inquietudes sobre esta convocatoria, puedes contactar a las siguientes personas
Ministerio de Cultura
Teléfono (+571) 3424100 Ext. 1538 – 1180 línea gratuita: 018000913079
info-economianaranja@mincultura.gov.co
Para mayor información y conocer la Guía de Orientación para la Presentación de Proyectos a la Convocatoria puede acceder al siguiente enlace: